sábado, 22 de diciembre de 2012

Ni eutanasia ni ensañamiento terapéutico



Sepa lo que se puede y no se puede hacer en cada caso.

Mucha gente sabe que la Iglesia Católica se opone a la eutanasia, lo que casi nadie sabe es que también se opone al ensañamiento terapéutico 

1.NO A LA EUTANASIA:
Eutanasia es la actuación que causa la muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos. Es siempre una forma de homicidio, pues implica que un hombre da muerte a otro, ya sea mediante un acto positivo (eutanasia activa), o mediante la omisión de la atención y cuidados debidos (eutanasia pasiva).

2. NO AL ENSAÑAMIENTO TERAPÉUTICO:

*No son eutanasia en sentido verdadero y propio acciones u omisiones que no causan la muerte por su propia naturaleza e intención. Es el caso de la “ortotanasia”, consistente en dejar morir a tiempo, con dignidad y en paz, sin el uso de medios desproporcionados o extraordinarios.

*La muerte no ha de ser causada, pero tampoco absurdamente retrasada. Esto sería ensañamiento terapéutico

*Se acepta el suministro de medicamentos que alivien o supriman el dolor aunque esto adelante la muerte, porque el fin que se busca no es la muerte sino el alivio del dolor

*Si hay seguridad de que la persona va a morir, según el reporte médico, es lícito retirar esos auxilios que tal vez por una visión egoísta de los familiares sólo están prolongando la agonía del paciente

RESUMEN DE LA POSTURA DE LA IGLESIA RESPECTO A LA EUTANASIA EN 10 PUNTOS:

¿Se puede resumir en pocas palabras cuál es la doctrina de la Iglesia sobre la eutanasia?

1. JAMÁS ES LÍCITO MATAR A UN PACIENTE, ni siquiera para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque él lo pidiera expresamente. Ni el paciente, ni los médicos, ni el personal sanitario, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una persona.

2. No es lícita la acción que por su naturaleza provoca DIRECTA O INDIRECTAMENTE la muerte del paciente.

3. No es lícito omitir una prestación debida a un paciente, sin la cual va irremisiblemente a la muerte; por ejemplo, los cuidados vitales (alimentación por tubo y remedios terapéuticos normales) debidas a todo paciente, aunque sufra un mal incurable o esté en fase terminal o aun en coma irreversible.

4. Es ilícito rehusar o renunciar a cuidados y tratamientos posibles y disponibles, cuando se sabe que resultan eficaces, aunque sea sólo parcialmente. En concreto, no se ha de omitir el tratamiento a ENFERMOS EN COMA si existe alguna POSIBILIDAD DE RECUPERACIÓN, aunque se puede interrumpir cuando se haya constatado su total ineficacia. En todo caso, siempre se han de mantener las medidas de sostenimiento.

5. NO EXISTE LA OBLIGACIÓN de someter al paciente terminal a NUEVAS OPERACIONES QUIRÚRGICAS, cuando no se tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.

6.ES LÍCITO suministrar NARCÓTICOS Y ANALGÉSICOS que ALIVIEN el dolor, AUNQUE atenúen la consciencia y PROVOQUEN de modo secundario UN ACORTAMIENTO DE LA VIDA del paciente. SIEMPRE QUE EL FIN SEA de la acción sea CALMAR el dolor y no provocar subrepticiamente un acortamiento sustancial de la vida; en este caso, la moralidad de la acción depende de la intención con que se haga y de que exista una debida proporción entre lo que se logra (la disminución del dolor) y el efecto negativo para la salud.

7. Es lícito dejar de aplicar tratamientos desproporcionados a un paciente en coma irreversible cuando HAYA PERDIDO TODA ACTIVIDAD CEREBRAL. Pero no lo es cuando el cerebro del paciente conserva ciertas funciones vitales, si esa omisión provocase la muerte inmediata.

8. Las personas minusválidas o con malformaciones tienen los mismos derechos que las demás personas, concretamente en lo que se refiere a la recepción de tratamientos terapéuticos. En la fase prenatal y postnatal se les han de proporcionar las mismas curas que a los fetos y niños sin ninguna minusvalía.

9. El Estado no puede atribuirse el derecho a legalizar la eutanasia, pues la vida del inocente es un bien que supera el poder de disposición tanto del individuo como del Estado.

10. La eutanasia es un crimen contra la vida humana y contra la ley divina, del que se hacen corresponsables todos los que intervienen en la decisión y ejecución del acto homicida.

PARA PROFUNDIZAR consulte

Fuente: http://www.conferenciaepiscopal.es/index.php/pagina-inicial-eutanasia.html

http://www.almudi.org/Inicio/tabid/36/ctl/Detail/mid/386/aid/397/paid/0/Default.aspx